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jueves, 6 de octubre de 2016

Más esperas para la sentencia

El Tribunal Constitucional se ha hecho un lío con el recurso contra la ley prohibicionista de Cataluña. Mientras unas fuentes del TC afirman que la sentencia ha sido aprobada, pero que su difusión pública se aplaza 15 días, otras afirman tajantemente que no se ha entrado a estudiar el asunto.
 Al final, una cosa queda clara: la Tauromaquia sigue a la espera, mientras los magistrados parecen no aclararse.
 La "patata caliente" está sobre la mesa: el borrador de sentencia se inclina por la anulación de la ley porque sé trata de una materia que corresponde en exclusiva al Estado, no a las comunidades autónomas, por reconocer que la Tauromaquia tiene una particular dimensión cultural en España.

Resultado de imagen de Tribunal ConstitucionalEl borrador de sentencia del Tribunal Constitucional se inclina por atender  el recurso de inconstitucionalidad, planteado ahora hace seis años por los senadores del PP, contra la prohibición de los toros en Cataluña. De acuerdo con este borrador,  el Parlament se extralimitó cuando prohibió las corridas de toros en el territorio de la comunidad autónoma catalana, porque al hacerlo ejerció unas competencias que no le corresponden.
Por encima de otros aspectos, la propuesta de resolución deja claro que dichas atribuciones corresponden al Gobierno y a las Cortes Generales, porque se trata de materias de titularidad estatal. Conviene recordar que ésta era el argumento medular del recurso planteado en su día, Pero la sentencia va también más allá, por cuanto reconoce que la fiesta de los toros tiene una particular dimensión cultural en España, dado su arraigo y tradición, por lo que no se trata exclusivamente de un espectáculo sin más y sin otras connotaciones.
Sin embargo, a partir de ahí todo es confusión. En un primer momento en la web del diario "La Vanguardia", se informó que el Tribunal Constitucional había votado el martes día 4 de octubre por la tarde la anulación de la ley del Parlament del 2010 que prohibía las corridas de toros en Cataluña al considerar que la cámara tiene competencias para regular este tipos de espectáculos pero no para prohibirlos. El dato era suficientemente concreto y la credibilidad del diario fuera de dudas como para creer que todo es un invento.

Pero unos minutos después fuentes del Constitucional desmienten que hubiera sido aprobado este tema, sino que quedaba sobre la mesa para la reunión a celebrar dentro de 15 días. Y de inmediato un matiz: de acuerdo con los datos obtenidos por La Vanguardia, en realidad lo decidido por el TC era aplazar dos semanas las comunicación oficial de la sentencia.

Y por si faltaba algo,  dentro del lío en el que se ha metido el TC, otras fuentes del Tribunal desmintieron más tarde  tanto a ABC como a Aplausos que el asunto se hubiera sido tratado por el pleno, que por ello quedará para mejor ocasión.

En suma, que ademas con seis años de retraso, en el tramo final los señores del Constitucional se han hecho un lío monumental, no se sabe bien si para demorar una decisión que por lo visto  les desestabiliza, o para seguir "mareando la perdiz" por causa no imaginable.

La ponencia para esta sentencia ha sido elaborada por la magistrada Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de Barcelona, cuyo principal argumento es la falta de competencias del Parlament. Otras consideraciones legales son el “blindaje” de los toros aprobado posteriormente por Las Cortes en noviembre del 2013 que reconoce las corridas como un “patrimonio cultural”. 
En el borrador también se tienen en cuenta criterios jurídicos como la libertad de empresa, la tradición cultural de los toros y la protección constitucional a las llamadas “minorías culturales”, salvo cuando se trata de prácticas que atentan contra la “dignidad humana” como sucede con la ablación.
Aún antes de conocerse la resolución del alto Tribunal, el Gobierno de la Generalitat ya ha anunciado que no acatará la sentencia, como ha venido haciendo en casos anteriores. Sin embargo, una sentencia en los antetriores términos puede abrir nuevas vías para reclamaciones ante la institución catalana tanto de la Empresa Balañá, propietaria del coso, como de otros sectores.

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