El Tribunal Constitucional de Perú falla a favor de los toros
El Tribunal Constitucional del Perú, máximo intérprete de la
constitución, ha declarado infundada la demanda constitucional
presentada por un grupo de animalistas con el objetivo de declarar
inconstitucional y eliminar la excepción a la ley 30407, Ley de
Protección Animal, que permite la realización de corridas de toros y
peleas de gallos, entre otros.
La ponencia presentada ha sido respaldada
por cuatro votos a favor y tres en contra, formando una sentencia con
la que las corridas de toros podrán continuar celebrándose de manera
regular en aquellas provincias en las que tradicionalmente se han
celebrado. La propuesta animalista no logró los cinco votos que se
requerían para declarar inconstitucional la excepción que permite las
corridas de toros.
También por mayoría de votos, el Tribunal
no aprobó incorporar nueve reglas o restricciones que contemplaba la
ponencia que se sometió a debate y, que entre otras, pretendía
establecer límites de territorialidad a la celebración de las corridas
de toros, otorgarle mayor poder al parcializado Ministerio de Cultura,
así como prohibir el ingreso de menores de edad a los cosos, lo que
indirectamente significaría impedir la continuidad de las corridas de
toros. Por consiguiente, las corridas de toros continuarán siendo
legales en el Perú y se continuarán realizando en la forma y usanza en
la que tradicionalmente se han venido celebrando desde el siglo XVI.
La sentencia, que incorporará los votos singulares de los magistrados, será publicada en los próximos días.
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