UNIÓN DE CRIADORES DE TOROS DE LIDIA |
La crisis del Covid-19 provocará unas pérdidas de más de 77 millones de euros en la cabaña de bravo |
Nos
encontramos viviendo uno de los momentos más difíciles de la historia
de España, la crisis sanitaria del Covid-19 está cobrándose muchas
vidas, algunas de personas muy queridas y respetadas de nuestro sector, y
además, está afectando gravemente a la economía del país.
La
Unión de Criadores de Toros de Lidia representa al 85% de la producción
de bravo destinada a espectáculos culturales en plazas de toros de
primera, segunda y tercera categoría fundamentalmente. En el escenario
de un 2020 sin temporada taurina -marzo a octubre-, la estimación
económica de pérdidas para los ganaderos de bravo de la Unión de
Criadores de Toros de Lidia supera los 77 millones de euros, calculando
los animales destinados a las corridas de toros de esta temporada
--35.000 €--, añadiendo la pérdida económica de los añojos, erales,
utreros que se quedarán en el campo y la consecuente drástica reducción
de reproductoras.
Para
la elaboración de esta proyección, hemos que considerado la previsión
de la producción 2020 facilitada por los ganaderos a la Entidad previo
al inicio de la temporada que superaba los 7.000 toros (guarismo 15 y
guarismo 16), que tienen un coste de producción que oscila entre 4.000 –
5.000 €/toro, dependiendo de las características de la ganadería. Y
además debemos añadir aquellos animales que se quedarán en el campo, o a
su sacrificio en matadero.
Como
agravante a esta situación el stock de carne en los mataderos ha
causado un desplome sin precedentes de los precios de mercado,
devaluando el precio del producto de bravo en origen.
Nos
encontramos ante una de las producciones más costosas del mercado, ya
que el toro bravo tiene un ciclo de producción muy largo (entre 4 y 7
años), sometido a riesgos debido a su condición y además, un producto
perecedero ya que su salida al mercado (espectáculos taurinos y festejos
populares) está limitada a los 7 años.
Esta
crisis Covid19 provocará efectos devastadores sobre las ganaderías de
bravo cuya producción extensiva y autóctona, tendrá consecuencias sobre
el medio ambiente, sobre la pérdida de biodiversidad y sobre los agentes
que conforman el tejido rural, fundamentalmente en la llamada España
Vaciada. Las ganaderías de bravo generan miles de empleos directos e
indirectos de mano de obra especializada especialmente en aquellas zonas
más deprimidas de nuestro país.
Asimismo,
el toro bravo es pieza fundamental para el desarrollo y celebración los
espectáculos culturales taurinos que aportan al Estado 140 millones en
concepto de IVA al año.
La
Unión de Criadores se ha dirigido al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ministerio de Cultura –en base al reconocimiento de la
crianza de bravo en la Ley 18/2013 como Patrimonio Cultural - a las
Presidencias y Consejerías de Agricultura y Desarrollo Rural de las
comunidades autónomas para hacerles llegar medidas que palien el
desgaste económico que esta situación carga sobre el sector de la
ganadería de bravo.
Ayudas directas
1º.Al
igual que se está realizando en otros sectores ganaderos afectados
vinculados al canal horeca (subvención al sacrificio de ovino, caprino y
vacuno), solicitamos ayudas directas a la producción con destino cadena
alimentaria que permitan paliar las pérdidas en la cuenta de resultados
de las empresas agropecuarias.
2º.Además
solicitamos ayudas directas para atenuar la pérdida del valor cultural,
genético y medio ambiental de las ganaderías de bravo, ya que el 90%
del valor de nuestro producto se corresponde con este tipo de
parámetros. Por ello, se precisan ayudas directas para la conservación
del valor genético y patrimonial del toro, el mantenimiento del tejido
rural, especialmente de mano de obra cualificada, la preservación medio
ambiental de espacios, como la dehesa, catalogados por la UE como AVN –
Alto Valor Natural.
Medidas para la reactivación del sector
1.º Consideración
a las empresas ganaderas de bravo dentro del paquete de ayudas que se
recogen en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, que tienen por
objeto facilitar liquidez, dotar de flexibilidad, favorecer el
mantenimiento de empleo para todas las empresas sin distinción del
sector de actividad.
2º. Coordinación
ministerial: Al Ministerio de Cultura y Deporte – Ministerio de
Agricultura Pesca y Alimentación – Ministerio de Transición Ecológica y
Medio Ambiente para la salvaguarda del patrimonio genético, medio
ambiental, y del tejido rural ganadero de bravo que representan las
ganaderías de bravo su crianza y selección regulada en la Ley 18/2013.
3º. IVA reducido del toro bravo como producto cultural (no como producto agrario).
--A
pesar de que el IVA del espectáculo taurino es del 10%, el de venta del
toro bravo (animal para festejo) sigue siendo del 21%. Por tanto,
solicitamos la equiparación al tipo impositivo reducido cultural, y en
caso de bajar el tipo del espectáculo taurino, que se aplique esta
reducción a la res lidiada consecuentemente.
--Y
en el supuesto que la Administración a la solicitud del sector taurino
acuerden la reducción al IVA super reducido, debe ser aplicado también
al ganado bravo.
4º.Exoneración
y/o reducción de los costes administrativos derivados de las
obligaciones reglamentarias administrativas, municipales y/o sanitarias
para cualquier tipo de espectáculo taurino, incluyendo a los festejos
populares.
5º.Análisis
y rediseño de la estructura de los espectáculos taurinos, especialmente
desde el punto de vista laboral, fiscal y administrativo. Entendemos
que para garantizar la viabilidad de los espectáculos es absolutamente
necesaria la liberalización reglamentaria y administrativa que haga
posible la autorregulación del sector.
6º.Armonización
de la política sanitaria animal en la aplicación de la normativa
europea para ayudar y proteger al ganadero de forma que las imposiciones
sanitarias no dificulten aún más si cabe la poco sostenible situación
del ganadero.
Y 7º.Canales
de comercialización alternativos de las carnes o un sistema de
intervención pública del precio de la carne sobre una base de precio
testigo de mercado correspondiente al mes anterior a la crisis.
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