"Ninguna de estas tajantes teóricas prohibiciones hicieron al pueblo español, ni siquiera a sus clérigos, quitar la afición a los toros".
Recuerda en este artículo el jurista Joaquín José Herrera del Rey, al analizar el contenido de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional y de sus consecuencia prácticas. Discrepa el autor de las interpretaciones pesimistas que se han hecho de la decisión del alto Tribunal, porque entiende que tanto la ley 18/2013 como la 10/2015 ya establecen "como indica la propia sentencia, una realidad social y dichas leyes solo hacían recoger dicha realidad de un fenómeno cultural.
Me ha llamado poderosamente la atención, que con posterioridad a la Sentencia del Tribunal Constitucional, que de manera clara, rotunda y bien fundada en derecho, ha anulado la prohibición de toros en Cataluña, han salido algunos aguafiestas gruñones o cenizos anunciando la inutilidad e ineficacia de la misma y presagiando el final de la tauromaquia y casi el final del mundo mundial.
La sentencia es positiva y no cabe una postura gafe.
En mi criterio (y dicho sea con absoluto respeto y en términos de defensa) dicha opinión, olvida o desconoce una mínima visión y perspectiva histórica (¡que “esaboríos” (sic))Todo negativo ,nada positivo.
La tauromaquia, expone la sentencia, tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país”; asimismo, explica que las corridas de toros “son una actividad con múltiples facetas o aspectos que explican la concurrencia de competencias estatales y autonómicas en su regulación” dado “su complejo carácter como fenómeno histórico, cultural, social, artístico, económico y empresarial”. Como “una expresión más de carácter cultural”, las corridas de toros “pueden formar parte del patrimonio cultural común que permite una intervención del Estado dirigida a su preservación ex art. 149.2 CE”.
El Tribunal considera que al ejercer su competencia para la regulación de los espectáculos públicos, la Generalitat ha “menoscabado” la competencia del Estado para la “preservación del patrimonio cultural común”, condición que las corridas de toros tienen atribuida por ley.
En el ejercicio de esas competencias, derivadas del citado art. 149.2 CE, el Estado ha dictado un conjunto de normas a través de las cuales “ha declarado formalmente la Tauromaquia como patrimonio cultural”. La sentencia reafirma que la dimensión cultural de las corridas de toros, presente en la ley desde 1991(Ley taurina) y mencionada por el Tribunal Supremo en 1998, se ha potenciado después con la aprobación de Ley 18/2013 para la regulación de la Tauromaquia y Ley 10/2015 para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Pero incluso aunque dichas leyes no hubieran existido, la tauromaquia era ya, como indica la propia sentencia, una realidad social …y dichas leyes solo hacía recoger dicha realidad de un fenómeno cultural y que a su vez ha inspirado en los artistas más obras de arte quizás después de la religión o la naturaleza.(Cultura es y generadora de cultura)
Y los hechos patentes o notorios no necesitan prueba.
Es que la bula de 1 de noviembre de 1567 de Pío V De Salute Gregis, por la cual lanzaba excomunión ipso facto, es decir latae sententiae, contra todos los príncipes cristianos y autoridades, civiles y religiosas, que permitieran la celebración de corridas de toros , tenía menos importancia que la Ley catalana.
O quizás la Real Pragmática de Carlos III de 9 de noviembre de 1785 que se refería a todos los pueblos del Reino era menos relevante….
O la Real Provisión de Carlos IV de 1790 era una minucia….
El mismo Carlos IV en Aranjuez, en 1804 y Cédula de 1805 y con posterioridad de consultar al Consejo decretaba la absoluta prohibición de fiesta de toros y novillos en todo el Reino.(Un poquito más amplio que actualmente Cataluña)
Ninguna de estas tajantes teóricas prohibiciones hicieron al pueblo español, ni siquiera a sus clérigos quitar la afición a los toros.
Si es cierto que José Bonaparte (la ayuda francesa de siempre) o el diputado catalán Don Antonio Capmany y Montpalau, de la ciudad de Barcelona, en las Cortes de Cádiz, influyeron bastante en una visión liberal y permisiva de nuestra fiesta nacional.
Si hasta Fray Luis de León se permitió interceder a favor de la tauromaquia.
La verdad, dicho sea con las máximas consideraciones, no veo altura intelectual (ni jurídica) en estos momentos que puedan atacar una de nuestras máximas expresiones culturales, más bien observo bajeza moral, frente a las opiniones de Ortega y Gasset, Antonio Gala o Federico García Lorca entre un listado no numerable de intelectuales y artistas , muchos de ellos de izquierdas, a favor de la tauromaquia.
Por ello:
Es una fiesta española
Que viene de prole en prole,
Y ni el Gobierno la abole
Ni habrá nadie que la abola
No hay comentarios:
Publicar un comentario